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En Servimaq te contamos lo que necesitas saber sobre la Ley de Convivencia Vial, las mejoras respecto a la anterior ley y las sanciones por incumplimiento.

Diseñada para optimizar la antigua normativa de tránsito, la nueva Ley de Convivencia Vial contempla cambios vinculados a conductores de vehículos, ciclistas y peatones, enfatizando la atención en los usuarios más vulnerables. Si quieres conocer más sobre esta última legislación, acompáñanos ¡Desde Servimaq te lo contamos todo!
La implementación de la Ley de Convivencia Vial, ha transformado la vialidad chilena para siempre, al dejar de centrar la atención únicamente en los vehículos motorizados, para redefinir el espacio público en convivencia con los demás usuarios.
Los conductores, ciclistas y peatones, comparten responsabilidades y tienen derechos, haciendo foco en el respeto mutuo, a fin de hacer una vialidad más segura y reducir accidentes.
La Ley de Convivencia Vial (Ley 21.414) conforma un cambio de visión de las reglas viales hasta el momento, dado que manifiesta que los riesgos en la vía pública son desiguales entre los usuarios, siendo algunos más vulnerables que otros.
Así, los conductores de vehículos motorizados, al tener un medio más grande y peligroso para los demás, asumen mayor responsabilidad y cuidado sobre el resto de los usuarios.
No obstante, el cambio más importante se relaciona a ciclistas y peatones, dado que la anterior regulación permitía la circulación de los primeros por la acera, aunque esto afectaba a los segundos.
Ahora la normativa obliga a los ciclistas a usar las ciclovías o la calzada, mientras que la acera se define como espacio exclusivo de peatones, ofreciendo así más orden y seguridad.
Para garantizar respeto y seguridad en la vía pública, la Ley de Convivencia Vial asigna determinados deberes y obligaciones a cada uno de los usuarios. Aquí te los presentamos:
El conductor de vehículo motorizado debe tener más precaución con respecto a los demás usuarios. Entre sus principales obligaciones, se encuentran:
Mantener distancia lateral de seguridad de 1,5 metros como mínimo al adelantar a un ciclista.
Reducir la velocidad y ceder el paso a peatones o ciclistas en los cruces, en maniobras de viraje y en entradas a vías exclusivas.
Reducir la velocidad en “zonas de tránsito calmado”.
No estacionar en ciclovías.

El ciclista cuenta también con obligaciones para propiciar un entorno vial más seguro junto a los demás usuarios. Ellas son:
Integrar el flujo vehicular como un usuario más de la vía.
Usar la ciclovía siempre que se encuentre disponible.
Circular por el lado derecho de la calzada si no hay ciclovía.
No circular por las aceras a la velocidad normal.
Respetar las señales de tránsito.
Usar luces y elementos reflectantes.
Portar casco de forma obligatoria.
El peatón, aunque debe ser el más protegido, también tiene obligaciones que cumplir para aportar a la seguridad en la vía pública. Sus deberes son:
Utilizar la acera como espacio exclusivo, evitando caminar por la calzada.
Cruzar siempre por los pasos peatonales (pasos de cebra) o las esquinas, respetando el semáforo.
No atravesar la calle de manera diagonal ni interponiéndose al flujo vehicular.
Si se incumple la normativa, se pueden acarrear consecuencias económicas y administrativas que varían de leves a gravísimas. Las principales sanciones pueden ser:
Infracción gravísima: Una de las principales es la Ley No Chat, que implica la sanción con multas de 1,5 a 3 UTM o suspensión de la licencia de conducir, por el uso de aparatos electrónicos como el teléfono celular.
Infracción grave: Si no se respeta la distancia lateral de 1,5 metros al sobrepasar a un ciclista, se pueden percibir multas de 1 a 1,5 UTM. También es sancionable no ceder el paso a ciclistas y peatones en sus zonas de preferencia.
Infracción para ciclistas (menos grave): Pueden sancionarse si no utilizan los elementos de seguridad obligatorios o si circulan por la acera de manera indebida.
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